La potencia fiscal, los caballos fiscales el CVF, caballo de vapor fiscal son todos términos que hacen referencia a una unidad que se establece para el cálculo de impuestos que debemos de pagar de nuestro vehículo.
¿Qué es la potencia fiscal o caballos fiscales de nuestro coche?
El caballo de vapor fiscal (CVF) es la unidad que se usa para medir la potencia fiscal. Este dato sirve para el pago de impuestos de nuestros vehículos (impuesto de circulación).
¿Dónde vienen reflejados los caballos fiscales de nuestro vehículo?
Los caballos fiscales o CVF vienen indicados en la Tarjeta de la ITV del Vehículo, en el apartado de Potencia Fiscal. Al lado se indica la potencia expresada en kW, que sí es una unidad de medida usada en física y que sí expresa la potencia real del motor.
¿Cómo se calcula la potencia fiscal de nuestro vehículo?
El cálculo de la potencia fiscal de los motores de vehículos de motor, expresado en Caballos de Vapor Fiscales (CVF), se efectuará aplicando las fórmulas establecidas dependiendo del tipo de motor,
- Motor de explosión o de combustión interna de 4 tiempos
- Motor de explosión o de combustión interna de 2 tiempos
- Motor de explosión rotativo
- Motor electrico
Cálculo de la potencia fiscal para los motores de explosión o de combustión interna de cuatro tiempos:
CVF = 0,08 • (0,785 • D2 • R)0,6 • N
D = el diámetro del cilindro en centímetros.
R = el recorrido del pistón en centímetros.
N = el número de cilindros de que consta el motor.
Cálculo de la potencia fiscal para los motores de explosión o de combustión interna de dos tiempos:
CVF = 0,11 • (0,785 • D2 • R)0,6 • N
D = el diámetro del cilindro en centímetros.
R = el recorrido del pistón en centímetros.
N = el número de cilindros de que consta el motor.
Cálculo de la potencia fiscal para los motores de explosión rotativos
CVF = PE / 5,152 (3)
La Potencia Efectiva Pe que se utiliza en las fórmulas (3) y (4), expresada en kilovatios (kw), será la que determine el Laboratorio Oficial que el Ministerio de Industria y Energía designe aplicando los métodos de ensayo que dicho Ministerio establezca.
Cálculo de la potencia fiscal para los motores eléctricos
CVF = PE / 5,152 (4)
La Potencia Efectiva Pe que se utiliza en las fórmulas (3) y (4), expresada en kilovatios (kw), será la que determine el Laboratorio Oficial que el Ministerio de Industria y Energía designe aplicando los métodos de ensayo que dicho Ministerio establezca.
En cualquier caso, la potencia fiscal del motor a consignar en la tarjeta de inspección técnica o en el certificado de características del vehículo, será la que resulte de aplicar la fórmula correspondiente, según el tipo del motor, expresada con dos cifras decimales aproximada por defecto.